LEGALES

Esta sección tiene por objeto brindarle al ciudadano común, los conocimientos básicos sobre la Ley Penal, para que tenga las herramientas necesarias a fin de protegerse de los abusos de quienes siendo profesionales en esto, utilizan la Justicia para beneficio propio.
La misma se irá actualizando periodicamente siguiendo el orden correlativo de los Artículos de Código Penal.
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HURTO (Art. 162 Código Penal)
"Será reprimido con prisión de un mes a 2 años, el que se apoderare ilegítimamente de una cosa mueble, total o parcialmente ajena"
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ROBO (Art. 164 Código Penal)
"Será reprimido con prisión de un mes a 6 años, el que se apoderase ilegítimamente de una cosa mueble, total o parcialmente ajena, con fuerza en las cosas o con violencia física en las personas, sea que la violencia tenga lugar antes del robo para facilitarlo, en el acto de cometerlo o despues de cometido para procurar su impunidad"
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EXTORSION (Art. 168 Código Penal)
"Será reprimido con reclusión o prisión de 5 a 10 años, el que con intimidación o simulando autoridad pública o falsa orden de la misma, obligue a otro a entregar, enviar, depositar o poner a su disposición o a la de un tercero, cosas, dinero o documentos que produzcan efectos jurídicos.Incurrirá en la misma pena el que por los mismos medios o con violencia, obligue a otro a suscribir o destruir documentos de obligación o de crédito"
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ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES (Art. 172 Código Penal)
"Será reprimido con prisión de 1 mes a 6 años, el que defraudare a otro con nombre supuesto, calidad simulada, falsos títulos, influencia mentida, abuso de confianza o aparentando bienes, crédito, comisión, empresa o negociación o valiéndose de cualquier otro ardid o engaño"
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USURPACION (Art. 181 Código Penal)
"Será reprimido con prisión de 6 meses a 3 años:
1º) El que por violencia, amenazas, engaños, abusos de confianza o clandestinidad despojare a otro, total o parcialmente, de la posesión o tenencia de un inmueble o del ejercicio de un derecho real constituido sobre él, sea que el despojo se produzca invadiendo el inmueble, manteniendose en él o expelsando a los ocupantes
2º) El que, para apoderarse de todo o parte de un inmueble, destruyere o alterare los términos o límites del mismo
3º) El que, con violencia o amenazas, turbare la posesión o tenencia de un inmueble.
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ABUSO DE AUTORIDAD Y VIOLACION DE LOS DEBERES DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS (Art. 248 Código Penal)
Será reprimido con prisión de 1 mes a 2 años e inhabilitación especial por doble tiempo, el funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones nacionales o provinciales o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere.
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COHECHO Y TRAFICO DE INFLUENCIAS (Art. 256 Código Penal)
Será reprimido con reclusión o prisión de uno a seis años e inhabilitación especial perpetua, el funcionario público que por sí o por persona impuesta, recibiere dinero o cualquier otra dádiva o aceptare una promesa directa o indirecta, para hacer, redactar o dejar de hacer algo relativo a sus funciones.
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MALVERSACION DE CAUDALES PUBLICOS (Art. 260 Código Penal)
Será reprimido con inhabilitación especial de 1 mes a 3 años, el funcionario público que diere a los caudales o efectos que administrare una aplicación diferente de aquella a que estuvieren destinados. Si de ello resultare daño o entorpecimiento del servicio a que estuvieren destinados, se impondrá además al culpable, multa del 20 al 50% de la cantidad distraída.
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EXACCIONES ILEGALES (Art. 266 Código Penal)
Será reprimido con prisión de uno a cuatro años e inhablitación especial de uno a cinco años, el funcionario público que, abusando de su cargo, solicitare, exigiere o hiciere pagar o entregar indebidamente, por sí o por persona interpuesta, una contribución, un derecho o una dádiva o cobrase mayores derechos que los que corresponden.
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ENRIQUECIMIENTO ILICITO DE FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS (Art. 268 Código Penal)
Será reprimido con la pena del Art. 256, el funcionario público que con fines de lucro utilizare para sí o para un tercero informaciones o datos de carácter reservado de los que haya tomado conocimiento en razon de su cargo.
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DENEGACION Y RETARDO DE JUSTICIA (Art. 273 Código Penal)
Será reprimido con inhabilitación absoluta de 1 a 4 años el juez que se negare a juzgar so pretexto de oscuridad, insuficiencia o silencio de la ley.
En la misma pena incurrira el juez que retarde maliciosamente la administración de justicia después de requerido por las partes y de vencidos los términos legales.

20 comentarios:

Anónimo dijo...

Disposiciones generales - Código Penal - Art. 185.- Están exentos de responsabilidad criminal, sin perjuicio de la civil, por los hurtos, defraudaciones o daños que recíprocamente se causaren: 1º los cónyuges, ascendientes, descendientes y afines en la línea recta; 2º el consorte viudo, respecto de las cosas de la pertenencia de su difunto cónyuge, mientras no hayan pasado a poder de otro; 3º los hermanos y cuñados, si viviesen juntos.
La excepción establecida en el párrafo anterior, no es aplicable a los extraños que participen del delito.

Algo de tranquilidad quizás se merezcan los parientes, ¿o no?, sino la de peleas familiares que se vienen, divorcios, vendettas, pasadas de facturas (con o sin IVA), etc., etc.

Anónimo dijo...

Que te filmen con una camara web sacando dinero de un caja registradora a escondidas de tus jefes donde se encuadra?
Y que tus patrones no te digan nada porque estan tan sucios como vos con que articulo se compara?

Anónimo dijo...

Antes de buscar el encuadre legal que podría corresponder, le dejo este párrafo del Código Penal que le será por demás ilustrativo Doctor. Dice el Título V que habla de la Imputabilidad - Art. 34.- No son punibles: 1º. el que NO HAYA PODIDO en el momento del hecho, ya sea por INSUFICIENCIA DE SUS FACULTADES, POR ALTERACIONES MORBOSAS DE LAS MISMAS o por su estado de inconsciencia, ERROR O IGNORANCIA de hecho no imputable, COMPRENDER la criminalidad del acto o dirigir sus acciones. En caso de enajenación, el tribunal podrá ordenar la reclusión del agente en un MANICOMIO, del que no saldrá sino por resolución judicial, con audiencia del ministerio público y previo dictamen de peritos que declaren DESAPARECIDO EL PELIGRO de que el enfermo se dañe a sí mismo o a los demás. En los demás casos en que se absolviere a un procesado por las causales del presente inciso, el tribunal ordenara la reclusión del mismo en un establecimiento adecuado hasta que se comprobase la desaparición de las condiciones que le hicieren PELIGROSO;
También dice el Art. 34.- en otro de sus incisos: 3º. el que causare un mal POR EVITAR OTRO MAYOR INMINENTE a que ha sido extraño; 4º. el que OBRARE EN CUMPLIMIENTO DE UN DEBER O EN EL LEGÍTIMO EJERCICIO DE SU DERECHO, AUTORIDAD O CARGO; 5º. EL QUE OBRARE en virtud de OBEDIENCIA DEBIDA; 6º. el que obrare en defensa propia o DE SU DERECHOS, siempre que concurrieren las siguientes circunstancias: a) agresión ilegítima; b) necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla; c) FALTA DE PROVOCACIÓN SUFICIENTE POR PARTE DEL QUE SE DEFIENDE. 7º. el que obrare en defensa de la persona o DERECHOS DE OTRO, siempre que concurran las circunstancias a) y b) del inciso anterior y caso de haber precedido provocación suficiente por parte del agredido, la de que no haya participado en ella el tercero defensor.

Que sea de su agradable lectura.

Anónimo dijo...

Che Lex Luthor, tu colega goza de plena salud mental, sobre todo cuando tiene que robar.
Y estaba en sus cabales cuando le saqueo la caja registradora a Ponzetti.

Anónimo dijo...

¿sigue haciéndolo?, pensé que con el hecho que Usted menciona se había "guardado". Cuénteme algo más, seguro que tiene mejor información que yo.
Y no es mi colega, DOY FE Y SERA JUSTICIA.

Anónimo dijo...

Ahora esta "trabajando" en la Cooperativa Electrica

Anónimo dijo...

Editor:
Hace falta que agregue PECULADO. Ya que el otro día vi que estaban usando la motoniveladora del consorcio caminero en el campo de uno de los ex miembros de la comision pero que todavia sigue digitando desde atras del mostrador.
Parece que Carlitos no conoce limites.

Anónimo dijo...

Para "Que bonita vecindad" quería decirle que vea todas las partes de la historia y se de cuenta de que hay muchos malos desparramados por todos lados (y lamentablemente pocos buenos). Preguntá que hacen con las herramientas de la Municipalidad también peculiado

Anónimo dijo...

Nada peor de lo que hacia tu papa cuando era intendente

Anónimo dijo...

Que bonita vecindad, creo que tendrías que denunciarlo, si no lo haces estas cometiendo el delito de encubrir. Si es cierto que lo viste denuncialo, y después escribí.

Anónimo dijo...

Te suena lo que es el ERSEP?. Sino averigualo, alli esta radicada la denuncia hace ya quince dias. Conforme?
Y vos que ves lo que hcen con los del corralon?
Quien es el cagon ahora?

Anónimo dijo...

curioso dice :

que pasa con los del corralon,,, se puede saber che ?

Anónimo dijo...

Deja de dormir la siesta curioso, con razon que desvalijan el pueblo y nadie se entera

Anónimo dijo...

y se ve que vos tambien dormis, digo... ya que no haces una mierda!

Anónimo dijo...

ejem, yo no se, tal vez alguien me pueda decir... deberle al club mitre 25 lucas, o sea 25.000 pesos, ¿que es?: hurto, robo, extorsión, favor, estafa, clientelismo, abuso de autoridad y violación de los derechos de los que nunca llegaron a funcionarios públicos, trafico de influencias y lechones, malversación de caudales que deberían ser públicos y de los socios, enriquecimiento ilícito de amigos?. Son tantas las opciones que no sé cual elegir! Ojalá que venda el 18 y pague la deuda, no creo que con los lechones llegue a devolver lo que han aportado los socios para mantener la institución... porque es de los socios, o no?

Anónimo dijo...

que desagradale es leer esto... este era el fin del blog, una pena.

Anónimo dijo...

Al que no le guste que no lea.
Esta es la unica forma de escrache a estos fasinerosos que tienen a la justicia comprada

Anónimo dijo...

..COMO SI EN ESTE PUEBLO DE MIERDA TODOS TUBIESEN LAS MANOS LIMPIAS.!! NO SE A DONDE QUIEREN LLEGAR CON ESTE BLOG..

ME SUENA RARO Q EN ESTA PARTE DE DELITOS Y DEMAS NO HABLEN DE LA MAFIA Y DE LA FUNDICION Q HAY EN LA MUNICIPALIDAD, LA Q LLEVARON A CABO MANCINI, FORCONI,LASAGNA, BERTAPELLE, BERDINI, PALMERO Y OTROS MAS!! Q PENA NOO..!! POR SI NO LO SABIAN SE LOS HAGO SABER...HASTA PRONTO MANGA DE VAGOS DELINCUENTES....ES LA UNICA PROFESION Q DEBE TENER EL ENCARGADO DE ESTE ESPACIO INUTIL.

Anónimo dijo...

CLARO, BELLETINI, QUASSOLO, HAYDUK. VICTOR GIORDANA NUNCA SE ROBARON NADA.
CON QUE MORAL VIENEN AHORA A QUERER SERMONEAR A LA GENTE

Anónimo dijo...

Ballena Azul dijo...

Cuantos años tienen? Como representante de mi generacion, pionera en el rubro de bardear por internet con identidad falsa, les doy la bienvenida. Nos iniciamos a los 15 a�os con este modus operandi con el fin de agilizar y automatizar el flujo de puterios entre adolescentes de entre 10 y 20 a�os de edad, actividad que pudimos sustentar gracias a los conocimentos informaticos adquiridos en la tutela que ustedes, nuestros padres y mayores responsables, derivaron al cyber, por la comprensible causa de dedicar sus horas y esfuerzos intelectuales en cosas tan productivas como este blog. Gracias a eso surgio este servicio, que brinda proteccion, discrecion y privacidad a quienes carecen de los testiculos u ovarios necesarios para DAR LA CARA. << Deberia de darles verg�enza. Esto no es ejemplo para nadie, solo genera mas odio y acentua mas firmemente las divisiones ya existentes. Es patetico e infantil usar este medio para escupir las espinas y la mala sangre que se les atasco en la garganta. De escupirlas por la boca tal vez saldrian las palabras al viento. Todo lo que dicen aca son cosas que necesitan salir al sol para ser vistas como realmente son. Esto solo infla la billetera del capitalista Mr. Google. Para poder leer el verdadero mensaje del siguiente texto no es necesario dominar el idioma ingles, basta con tener conciencia y humana razon: Imagine there's no Heaven
It's easy if you try
No hell below us
Above us only sky
Imagine all the people
Living for today

Imagine there's no countries
It isn't hard to do
Nothing to kill or die for
And no religion too
Imagine all the people
Living life in peace

You may say that I'm a dreamer
But I'm not the only one
I hope someday you'll join us
And the world will be as one

Imagine no possessions
I wonder if you can
No need for greed or hunger
A brotherhood of man
Imagine all the people
Sharing all the world

You may say that I'm a dreamer
But I'm not the only one
I hope someday you'll join us
And the world will live as one.

Salven al mundo ---> www.greenpeace.com.ar